Nueva ley establece la primera regulación de las asociaciones público-privadas

Por Gabriela Mancero.

«La nueva ley ofrece primera regulación de las asociaciones público-privadas», Oficina de Derecho Internacional (OIT), Proyectos y Contratación-Colombia, Londres, Globe Business Publishing Ltd, 12 de Junio ​​del 2012.

En un esfuerzo por fomentar la inversión privada en proyectos de infraestructura a gran escala, que son muy necesarios en Colombia, la Ley 1508/2012 ha sido aprobada para regular las asociaciones público-privadas (APP).

La ley se aplica a todos los contratos por los que las entidades estatales asignan a un inversor privado el derecho de diseñar y construir un proyecto de infraestructura y sus servicios relacionados, o para llevar a cabo la construcción, reparación, mejora o acondicionamiento de un proyecto de este tipo.

De conformidad con la nueva ley, el inversor privado gozará del derecho a la explotación económica de tales infraestructuras o servicios de acuerdo con las condiciones acordadas con la entidad estatal. El proceso de selección para este fin y las reglas para la celebración y ejecución de este tipo de asociaciones público-privadas se regirán por la ley de contratación pública, que comprende la Ley 80/1993, Ley 1150/2007 y el Decreto 734/2012.

Un PPP tendrá un plazo máximo de 30 años, incluidas las prórrogas plazo. El presupuesto del gobierno para tales proyectos no podrá superar el 20% del presupuesto estimado para el proyecto de inversión correspondiente.

Los siguientes principios se aplican a las PPP:

* Un PPP puede derivar de cualquiera de una iniciativa pública o privada.

* Si la iniciativa no da lugar a una APP, los estudios presentados seguirán siendo propiedad de su autor. Sin embargo, el Estado tendrá el derecho a adquirir cualquier estudio o información que estime pertinente.

* Todos los recursos derivados de la PPP deben ser manejados a través de un fideicomiso, independientemente de si son de carácter público o privado.

* Para una APP para ser considerado, debe ser un valor de más de 6.000 veces el salario mínimo legal – para el año 2012, esto es equivalente a Ps3.4 millones (aproximadamente $ 1,89 millones).

* Los gobiernos locales deberán preparar y mantener hasta a la fecha de inventarios técnicos de los proyectos a desarrollar en el corto, mediano y largo plazo. Los particulares podrán, a su entera discreción y riesgo, invertir en estudios y diseños para este tipo de proyectos.

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