Agencia de competencia colombiana sanciona a cártel de azúcar

 

Gabriela Mancero
07 de septiembre de 2015
“Agencia de competencia colombiana sanciona a cártel de azúcar “, Internacional Bar Association, División Legal Practice, boletín Comité Antimonopolio septiembre 2015.

Una investigación iniciada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) hace tres años contra las asociaciones de productores de azúcar y en contra de las principales fábricas de azúcar en Colombia ha dado lugar a una recomendación de la Superintendencia, del 29 de mayo de 2015, para sancionarlos por prácticas comerciales restricctivas .

La investigación comenzó originalmente debido a las reclamaciones presentadas ante el SIC y el Ministerio de Industria y Comercio sobre presuntas cuotas de producción, distribución en el mercado, la estabilidad de precios y la reducción de ganancias de márgenes de la industria azucarera. Una de las demandas fue presentada por 130 fabricantes de una típica guayaba y dulce de azúcar que contiene, que se produce en la región de Vélez (Santander) y ellos se quejaban de un fuerte aumento del 45 por ciento en el precio del azúcar.

Del mismo modo, los oficiales de corporaciones como Coca-Cola Femsa, Baviera, Nestlé de Colombia, Bimbo, Nacional de Chocolates, Meals de Colombia y Casa Luker, entre otros, solicitaron a la autoridad de competencia para investigar si el precio del Fondo de Estabilización del Azúcar (FEPA, desde su nombre en español), creada por el gobierno en 2000, estaba llevando a cabo prácticas comerciales restrictivas. Alegaron que no había ninguna razón para explicar el incremento constante en el precio interno del producto como, mientras que la inflación aumentó un 3,7 por ciento en Colombia entre septiembre de 2008 y enero de 2010, en el mismo período el precio del azúcar tuvo un incremento del 51,4 por ciento .

La investigación incluyó a 12 productores de azúcar, incluyendo Asocaña, la asociación de las fábricas de azúcar, Dicsa, Ciamsa y 16 funcionarios actuales y anteriores de los industry.This es un caso emblemático como en el estado de solo el Valle del Cauca, esta industria representa el 17 por ciento del PIB y genera alrededor de 190.000 puestos de trabajo.
Algunas de las empresas que participan en la investigación son: Incauca; Manuelita; Riopaila Castilla; Mayagüez; Pichichi; San Carlos; Risaralda; Providencia; La Cabaña; Carmelita; y María Luisa.

La recomendación de la sanción de la SIC se basa en el hecho de que, desde 1999, las fábricas de azúcar y las asociaciones de la configuración de la industria de un esquema para limitar la competencia, para aumentar los precios del azúcar y para restringir la oferta del producto en el mercado nacional. Tal esquema resultó en un aumento de sus ingresos y ganancias perjudicando así las empresas que demandan azúcar, así como a los consumidores.

Asimismo, la SIC encontró que las partes investigadas: (1) utilizan mecanismos de política pública como la FEPA para llevar a cabo actividades para evitar el uso de un instrumento de este tipo, (2) la información confidencial compartida (los precios, las exportaciones, las cuotas de producción, clientes, entre otras cosas ); y (3) las estrategias encaminadas a limitar las importaciones de azúcar de otros países con el fin de evitar una disminución en el precio interno diseñado.

Según el informe de la SIC, a través de la junta de directores de Dicsa y Ciamsa, los representantes de las fábricas de azúcar que eran miembros de esa junta pueden haber creado una estrategia para restringir las importaciones de Bolivia y de crear barreras de entrada artificiales a través de las importaciones realizadas por el puerto de Buenaventura. Asimismo, la SIC encontró evidencia sobre el papel de Asocaña para autorizar tales importaciones cuando esa asociación no tiene poder legal para autorizar o restringir las importaciones de azúcar a Colombia.

Dicsa y Ciamsa son organizaciones creadas originalmente por los productores de azúcar para llevar a cabo los procedimientos de importación y exportación de azúcar. Pero la SIC encontró que en realidad eran utilizados para el intercambio de información confidencial que permitió a los productores de azúcar para coordinar su comportamiento de una manera contraria a la competencia.

Por ejemplo, como parte de la evidencia de la SIC encontró que tuvo lugar una reunión en Asocaña en 2009 – que fue presidido por Luis Fernando Londoño Capurro, quien presentó a los miembros de la organización Resumen un documento denominado Actividades ‘- por lo que los productores de azúcar discutidos sus precios, los clientes a los que ofrecen los productos y los volúmenes de sus exportaciones.

La industria azucarera ha reaccionado a la investigación que indica que no hay ningún cartel y que han sido objeto de persecución política. Todavía se escucha el caso y, con base en el informe de 350 páginas publicado por la División del SIC de la Competencia, el Superintendente tendrá que emitir una decisión sobre la conveniencia de imponer sanciones tanto a las empresas y / o de sus agentes.

Esto, junto con otra investigación sobre un acuerdo de arroz, que recientemente dio lugar a las sanciones impuestas por el SIC, ha abierto el debate sobre si las políticas agrícolas están protegiendo adecuadamente a los consumidores y permitir el desarrollo adecuado de la región rural de Colombia. Los esfuerzos del Estado para crear las agencias del gobierno para estabilizar los precios de algunos productos, como el azúcar y el arroz han abierto una ventana por presuntos abusos y manipulación de los precios. Los productores de azúcar afirman que sólo están aplicando los precios fijados por la FEPA y, por tanto, no tienen ningún espacio para la fijación de precios directa. El SIC, por otra parte considera que FEPA ha ido más allá de sus competencias. Una vez que el Superintendente decida, todavía habrá apelaciones y otros mecanismos legales para evitar o retrasar la imposición de sanciones.

Independientemente del resultado, el conocimiento de la ley de competencia y de la decisión del gobierno para atacar el comportamiento anticompetitivo se ha planteado y ampliamente cubierto por los medios de comunicación, algo que debería ser bienvenida por todas las partes involucradas.
Nota:

1 SIC Resolutions No 5347, 13 February 2012 and No 15294, 8 April 2013.


Foto: Portafolio, Negocios [fotografía]. (2013). Recuperado de <http://www.portafolio.co/negocios/pliego-cargos-18-ingenios-azucareros>

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