Dirección de Comercio Exterior modifica los parámetros para la asignación de los contingentes de exportación de desperdicios y desechos de chatarra, lingotes de hierro o acero, y desperdicios de cobre, aluminio y plomo

Circular Externa No. 019 de 07 de septiembre de 2020 de la Dirección de Comercio Exterior (DICEX)

A más tardar el 14 de septiembre de 2020, en lo pagina web de lo VUCE www.vuce.gov.co, se publicará el listado de los cantidades en toneladas y por subpartida asignados o cada solicitante y allí el interesado podrá consultor el cupo asignado. En lo medido en que lo DIAN vaya emitiendo el concepto favorable o desfavorable que le compele, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo realizará lo asignación y lo correspondiente publicación de los cupos.

En el evento en que el cupo asignado por porte del Ministerio sea inferior a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto 1120 de 2020, la Dirección de Comercio Exterior, a través del Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior de lo Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones, una vez se cuente con el concepto favorable emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, asignará los contingentes restantes en las siguientes fechas:

  1. La plataforma de la VUCE estará habilitada entre el 16 y 18 de septiembre de 2020 para realizar la solicitud del contingente.
  2. El 21 de septiembre de 2020 el Grupo de Diseño de Operaciones de Comercio Exterior de lo Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones de lo Dirección de Comercio Exterior remitirá o lo DIAN los peticiones de las empresas que cumplan con los condiciones, para que la DIAN, dentro de los cinco días hábiles siguientes emita el concepto referido en el artículo 3 del Decreto 1120 de 2020.
  3. A más tardar el 30 de septiembre de 2020 en lo página web de la VUCE vuce.gov.co, se publicará el listado de los cantidades en toneladas y por subpartida asignados o cada solicitante y allí el interesado podrá consultar el cupo asignado. En la medido en que lo DIAN vaya emitiendo el concepto favorable o desfavorable que le compete, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo realizará lo asignación y lo correspondiente publicación de los cupos.
  4. Si realizado la nueva asignación prevista en este numeral, continúa un remanente disponible para asignar, lo Dirección de Comercio Exterior establecerá nuevos lineamientos poro la asignación de los mismos.

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