Es obligatorio presentar declaración anticipada para mercancías introducidas a la zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure

Concepto Aduanero No. 1126 (Radicado No. 904916) Septiembre 15 de 2020 de la DIAN
La DIAN indicó que es obligatorio presentar declaración anticipada para las mercancías introducidas a la zona al amparo del Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 555 del Decreto 1165 de 2019, en concordancia con el numeral 2.6 del artículo 124 de la Resolución 046 de 2019. Así las cosas, la exigencia de la presentación de la declaración de importación anticipada de una mercancía excluye la posibilidad de declararla en tránsito aduanero. Además, cuando la norma exige la obligatoriedad de la declaración anticipada prima en su aplicación, por lo que no es viable jurídicamente que el régimen de tránsito aduanero proceda desde el lugar de arribo por jurisdicción diferente para ser ingresada a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure.

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