Exportación definitiva de mercancía importada bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes

Concepto Aduanero No. 1077/Radicado No. 904654 DIAN

El artículo 346 del Decreto 1165 de 2019 define la exportación definitiva, como la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas, del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país.

La DIAN indica que es viable realizar la exportación definitiva de una mercancía importada bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, siendo la declaración de importación simplificada, el soporte que permite demostrar la legal importación de la mercancía objeto de exportación, al momento de realizar el trámite de la solicitud de autorización de embarque.

De conformidad con lo establecido en el artículo 257 del Decreto 1165 de 2019, la guía de mensajería o el documento de transporte contiene la descripción genérica de la mercancía, y es la misma información que queda consignada en la declaración de importación simplificada. Y si bien es una descripción que no tiene las mismas características de una declaración de importación (formulario 500), la misma debe permitir deducir que la mercancía que se está exportando, es la misma que se importó bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

Adicionalmente, el importador debe contar con la factura o documento que soportó la operación comercial, frente a la mercancía objeto de importación y que puede dar cuenta del tipo de mercancía importada.

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