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Se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo “Por el cual se otorga la categoría de Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación a la Ciudad de Medellín”

Presidencia de la República. Decreto Número 023 de enero 07 de 2021

La ciudad de Medellín se organiza como Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación. Su régimen político y fiscal será el previsto en la Constitución y la ley. La ciudad de Medellín como Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación, no estará obligada a efectuar ajustes administrativos que aumenten sus costos. La Ley podrá crear mecanismos adicionales a los existentes que fomenten y promocionen desarrollos en ciencia, tecnología e innovación que potencien este Acto Legislativo.La ciudad de Medellín se organiza como Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación. Su régimen político y fiscal será el previsto en la Constitución y la ley. La ciudad de Medellín como Distrito de Ciencia, Tecnología e Innovación, no estará obligada a efectuar ajustes administrativos que aumenten sus costos. La Ley podrá crear mecanismos adicionales a los existentes que fomenten y promocionen desarrollos en ciencia, tecnología e innovación que potencien este Acto Legislativo.

Superintendencia de Notariado y Registro define la copia simple y se establece su tarifa para el servicio notarial

Superintendencia De Notariado Y Registro. Resolución Número 013 de enero 4 de 2021

La copia simple es aquella copia informal que se solicita de los archivos que reposan en la notaria, que no es auténtica y, por tanto, ajena a todo efecto fedatario. Esta copia se podrá reproducir de forma digital y/o electrónica, pero en ningún caso podrá expedirse en papel de seguridad, sin perjuicio que su envío al destinatario se realice por medios digitales, sin que sea necesario acreditar las condiciones de seguridad establecidas en la Ley 527 de 1999. Lo previsto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido para el Registro Civil. Los Notarios deberán expedir copias simples de todo o parte del documento que reposa en el archivo notarial, conforme el requerimiento que eleve el usuario del servicio público.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada fijó las tarifas para la contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada vigencia 2021

Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada. Circular Externa Número 20201300000455 de diciembre 31 de 2020

Todas las Empresas y Cooperativas de Vigilancia y Seguridad Privada con armas y sin armas, que utilicen el medio humano y/o canino, deben sujetarse al régimen de tarifas en la prestación de los servicios. Los usuarios de los sectores público, educativo privado, comercial y de servicios, industrial, aeroportuario, financiero, transporte y comunicaciones, energético y petrolero, serán sujetos de aplicación de la tarifa mínima equivalente a 8.8 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cubrir los costos laborales; más un porcentaje por concepto de gastos administrativos y de supervisión.

Superintendencia de Notariado y Registro fijó las pautas para la transferencia de la copia del archivo digital de los actos notariales al repositorio de la Supernotariado

Superintendencia De Notariado Y Registro. Resolución Número 012 de enero 4 de 2021

Por medio de la resolución 012 de 2021, se reglamenta el procedimiento de transferencia electrónica de la copia del archivo de que trata el artículo 113 del Decreto — Ley 960 de 1970, modificado por el artículo 63 del Decreto Ley 2106 de 2019, al repositorio de la Superintendencia de Notariado y Registro, de acuerdo con la Ley de protección de datos y demás normas y disposiciones aplicables en la materia.

Adicional a lo señalado, este procedimiento abarca aquellos documentos generados con ocasión de la prestación del servicio público notarial cuya conservación haya ordenado la Ley, los reglamentos y los actos administrativos expedidos por la Superintendencia de Notariado y Registro, incluyendo las hojas de vida de los trabajadores de las notarías, los contratos en cualquier modalidad y los aportes al sistema de seguridad social integral.

Ministerio de Comercio dicta el procedimiento para tramitar solicitudes de autorización del Programa de Fomento para la Industria de Astilleros

Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Resolución Número 1360 de diciembre 21 de 2020

Por medio de la resolución 1360 de 2020 se estableció el procedimiento interno que la Dirección de Productividad y Competitividad del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o la dependencia que haga sus veces, debe observar para tramitar las solicitudes de autorización del Programa de Fomento para la Industria de Astilleros y señalar la metodología para la asignación del código numérico único a los bienes comprendidos en las subpartidas arancelarias señaladas en el artículo 2.2.1.12.1.3 del Decreto 1074 de 2015 y la presentación del Informe Anual de Cumplimiento por parte del beneficiario del programa.