Regulación y novedades COVID-19
Telecomunicaciones / medios
MINTIC define los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos
Ministerio De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones. Resolución Número 1519 de agosto 24 de 2020 (Diario Oficial 51.521, 07 de Diciembre de 2020)
Por medio de la Resolución 1519 se expiden los lineamientos que deben atender los sujetos obligados para cumplir con la publicación y divulgación de la información señalada en la Ley 1712 del 2014, estableciendo los criterios para la estandarización de contenidos e información, accesibilidad web, seguridad digital, datos abiertos y formulario electrónico para Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias (PQRSD).
Se establece la tarifa de contribución a la CRC para la vigencia del año 2021
Comisión De Regulación De Comunicaciones. Resolución Número 6114 de Diciembre 9 de 2020
Se fija la tarifa de contribución del año 2021 en el 0,1357 % de los Ingresos Brutos obtenidos en el año 2020, por todos los proveedores sometidos a la regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 20 de la Ley 1978 de 2019.
La CRC amplía la vigencia de la suspensión de los efectos de algunas disposiciones regulatorias de carácter general
Comisión De Regulación De Comunicaciones. Resolución Número 6113 de marzo 16 de 2020 (Diario Oficial 51514, noviembre 30 de 2020)
Se amplía hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los efectos del artículo 2.1.25.2 del Capítulo 1 del Título II de la Resolución CRC 5050 de 2016, relacionado con el deber de contar con oficinas físicas, dispuesta inicialmente en la Resolución CRC 5941 de 2020, y prorrogada con la Resolución CRC 5991 de 2020 y posteriormente con la Resolución CRC 6058 de 2020. En consecuencia, dicho artículo volverá a tener efectos a partir del 1 de marzo de 2021.
Se expide ley que regula las condiciones especiales para la normalización de cartera por única vez para los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora
Ley 2066 de diciembre 14 de 2020
La ley 2066 tiene por objeto establecer condiciones especiales para la normalización de cartera por única vez para los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora de interés público y comunitario y para los operadores del servicio de televisión comunitaria.
Gobierno Nacional presentó la Política Nacional de Comercio Electrónico
Departamento Nacional De Planeación. Documento CONPES 4012 de noviembre 30 de 2020 del Consejo Nacional de Política Económica y Social
El Gobierno Nacional teniendo en cuenta que:
- A medida que avanzan los cambios tecnológicos, el ecosistema del comercio electrónico debe evolucionar con dinámicas de comercialización cada vez más innovadoras.
- Estos cambios se traducen en la presencia de nuevos actores en el mercado y nuevos modelos de negocio, que cuentan con el potencial de convertirse en un motor global de crecimiento y desarrollo económico.
- A pesar de estos beneficios, actualmente en Colombia persisten bajos niveles en el uso y aprovechamiento del comercio electrónico por parte de las empresas y la ciudadanía, explicados, principalmente, por la baja adopción tecnológica y de herramientas y habilidades digitales por parte de las empresas, falta de confianza y cultura de este ecosistema, baja capacidad de respuesta de los operadores postales y logísticos, así como rigidez normativa y debilidad en la gobernanza institucional.
- Todo lo anterior impide que el país responda a los nuevos desafíos y desarrolle todo el potencial que ofrecen estas nuevas dinámicas de comercialización, dejando rezagado a importantes sectores económicos y poblaciones del país.
El Gobierno Nacional mediante el Documento CONPES formuló la Política Nacional de Comercio Electrónico que tiene como objetivo impulsar el comercio electrónico en las empresas y la ciudadanía, para aumentar la generación de valor social y económico en el país.
En consecuencia, en el documento CONPES 4012 de 2020 se definen los siguientes:
- Objetivos Generales:
- Generar capacidades para impulsar el uso y apropiación del comercio electrónico en las empresas y en la ciudadanía.
- Fomentar la innovación y las buenas prácticas en la prestación de los servicios postales y logísticos para dar respuesta a las dinámicas el comercio electrónico.
- Definir acuerdos institucionales y actualizar el marco normativo para impulsar el comercio electrónico.
- Para el cumplimiento de los objetivos generales se establecieron 4 objetivos específicos y un Plan de Acción y Seguimiento (PAS) establecido en detalle en el Anexo A del documento CONPES.
- Se fijó un procedimiento para el seguimiento a la ejecución física y presupuestal de las acciones propuestas para el cumplimiento del documento CONPES.