Colombia Compra Eficiente adopta el procedimiento para implementar los documentos tipo y define el sistema para su revisión

Resolución No. 160 de Colombia Compra Eficiente de 15 de septiembre de 2020

La Resolución 160 tiene por objeto establecer el procedimiento para implementar los documentos tipo y definir el sistema para su revisión.

  1. Colombia Compra Eficiente– definirá los documentos tipo que adoptará anualmente.
  2. En desarrollo de lo anterior, la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico elaborará un informe semestral que contenga un análisis histórico del gastoestatal, así como de la planeación de las adquisiciones contempladas en los planes de gobierno, planes anuales de adquisiciones, y otros documentos que puedan contener potenciales adquisiciones por parte de las entidades públicas sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, para que la Subdirección de Gestión Contractual, o quien haga sus veces, examine la pertinencia de implementar documentos tipo para algún objeto contractual o modalidad de selección.
  3. Una vez definida la viabilidad de adoptar un documento tipo para un sector, un objeto contractual o modalidad de selección, se procederá a realizar un estudio por parte de la Subdirección de Gestión Contractual de la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– para definir las condiciones particulares aplicables, de conformidad con el cual se estructurará el anteproyecto del documento tipo.
  4. Una vez definida la viabilidad de adoptar un documento tipo para un sector, un objeto contractual o modalidad de selección, se procederá a realizar un estudio por parte de la Subdirección de Gestión Contractual de Colombia Compra Eficiente para definir las condiciones particulares aplicables, de conformidad con el cual se estructurará el anteproyecto del documento tipo.
  5. Con el anteproyecto de documento tipo, se instalarán mesas de trabajo para recibir insumos de las entidades técnicas o especializadas para la construcción del contenido de los documentos tipo y para definir el procedimiento para su implementación.
  6. En aquellos casos en que los documentos tipo puedan tener incidencia sobre la libre competencia en los mercados, se atenderá lo establecido en el artículo 7° de la Ley 1340 de 2009, caso en el cual la Agencia remitirá a la Superintendencia de Industria y Comercio el proyecto de Resolución que adopta los documentos tipo para que rinda concepto previo.
  7. Una vez elaborado el proyecto de documento tipo con los insumos de las entidades técnicas o especializadas y definido el procedimiento para su implementación, se procederá a publicarlo en la página web de la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– y demás medios de difusión electrónica con los que cuente la entidad.
  8. Una vez recibidos y analizados los comentarios y observaciones al proyecto de documentos tipo, se realizarán los ajustes pertinentes.
  9. De las observaciones presentadas durante el plazo dispuesto por la entidad, se elaborará un informe global mediante el cual se analizará el impacto de las observaciones y comentarios que fueron presentados por los interesados.
  10. Una vez agotadas las etapas descritas anteriormente, se procederá a expedir el acto administrativo por medio del cual se adopte los documentos tipo, el cual deberá contener una memoria justificativa.
  11. Colombia Compra Eficiente, semestralmente definirá el cronograma para realizar las capacitaciones a los participantes del sistema de contratación estatal y compra pública, cuyo objetivo sea enseñar el contenido de los documentos tipo y contribuir en su implementación.

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