Fondo Nacional de Garantías ajusta las condiciones en los productos de la línea Capital de Trabajo enmarcados dentro del Programa Especial de Garantías “Unidos por Colombia”

Circular Externa No.  56 de 18 de septiembre de 2020 del Fondo Nacional de Garantías

Las siguientes son las modificaciones de algunas condiciones en los productos de la línea Capital de Trabajo del Programa Especial de Garantías “Unidos por Colombia”:

  1. La línea de capital de trabajo estaba conformada por tres productos de garantía, uno de ellos dirigido a Mipymes y los dos restantes dirigidos a microempresarios.
  2. Con el objetivo de atender las necesidades actuales de reactivación económica, se decide reestructurar los productos en función del tamaño empresarial así: un producto para microempresas, un producto para pequeñas empresas y otro producto para medianas empresas.
  3. Se permite el acceso a este producto de garantía a empresas que se encuentren en régimen de insolvencia empresarial (Ley 1116).
  4. El plazo del crédito es de mínimo 12 meses y hasta 60 meses.
  5. El destino del crédito ya no será únicamente para financiar el capital de trabajo sino que ahora también podrá ser destinado a la inversión en activos fijos.
  6. Se amplía el cupo máximo total de los créditos para pequeñas empresas, el cual es ahora de: un billón novecientos setenta y cinco mil millones de pesos.
  7. El monto máximo de crédito para pequeñas empresas será de: cuatrocientos millones de pesos ($4.400.000.000) en valor crédito (los cuales deberán ser garantizables).
  8. Para el tipo de cartera microcrédito, debe tenerse en cuenta que los créditos con valor igual o inferior a 46 SMMLV, deberán garantizarse a través del producto de garantía EMP219 – Unidos por Colombia – Microempresas al 90%.
  9. Para microempresas el monto máximo del producto será de novecientos setenta y cinco mil millones de pesos en valor crédito.
  10. Para microempreas el monto máximo de crédito garantizable serán aquellos créditos otorgados a cada deudor hasta 46 SMMLV ($40.378.892 para el año 2020) por Intermediario Financiero, y la cobertura de la garantía del FNG será de 90%  sobre el saldo insoluto de capital del crédito.

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