Reactivación Económica en Cali

Decreto Número 1736 de 2020 de la Alcaldía De Santiago De Cali
  1. Ocupación de transporte público

El servicio de transporte público colectivo y masivo tendrá una ocupación máxima de pasajeros del 35% durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
El servicio público individual, tipo taxi, y a los vehículos particulares podrán circular con el máximo permitido en sus respectivas tarjetas de propiedad.

  1. Motocicletas:

Se levanta la medida para motocicletas que establecía que la ocupante debía ser exclusivamente del núcleo familiar del conductor

  1. Pico y Placa:

A partir del 1 de septiembre de 2020 ya no estarán exentos de la medida de pico y placa los vehículos particulares de funcionarios y contratistas del sector público, así como los vehículos de los trabajadores del sector de la salud.

Los vehículos del transporte terrestre público especial tipo automóvil, campero y camioneta de hasta 5 puestos seguirán exentos de pico y placa durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria.

  1. Tránsito de bicicletas

En aquellas vías en donde no existan carriles exclusivos para bicicletas, en todas las calzadas, en su carril derecho de las vías del Distrito de Santiago de Cali, serán de uso preferencial para personas que se movilicen en bicicleta

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