Se extiende el aislamiento selectivo y el distanciamiento individual responsable en el Distrito de Cartagena
Cartagena De Indias Distrito Turístico Y Cultural. Decreto 1585 de diciembre 15 de 2020
Se restringe la permanencia en la playa y el ingreso de bañistas al mar en el Distrito de Cartagena, permitiéndose, exclusivamente, el uso de playas como espacio de tránsito peatonal. Se exceptúan las áreas especialmente autorizadas mediante plan piloto de reapertura de playa. Durante la vigencia del decreto no se darán autorizaciones para eventos en vías públicas, ni fuera de las zonas que se encuentran autorizadas dentro de los espacios públicos del Centro Histórico que tienen aprovechamiento económico. Igualmente, se prohíbe la realización de cualquier tipo de espectáculos públicos y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos de Cartagena, así como el uso pick-up o cualquier otra clase de artefactos de amplificación sonora.- El horario de los establecimientos de comercio abiertos al público será desde las 05:00 a.m hasta la 01:00 a.m. del día siguiente.

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