Aceptación de condiciones menos favorables para el trabajador en la relación laboral, puede devenir de ser la parte débil de la relación

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 81454 (SL3476-2020). 02 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Jorge Prada Sánchez

La Corte señaló que en las relaciones laborales no puede olvidarse que el trabajador es la parte débil de la relación, y que en muchas ocasiones se ve compelido por la necesidad de obtener una fuente de ingresos para su subsistencia y la de su familia, a aceptar condiciones alejadas de las que en estricto rigor rigen en el mundo del trabajo, y el que haya prestado su consentimiento para suscribir contratos aparentes de prestación de servicios no exime per se al empleador del pago de la indemnización moratoria, cuando se demostró que la entidad demandada procedió a suscribir varios de esos contratos de manera sucesiva para el ejercicio del cargo de Trabajadora Social en labores administrativas propias del giro ordinario de sus actividades, con abierto desconocimiento de las normas que regulan la contratación administrativa de servicios personales.

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