Ministerio del Trabajo expide concepto donde explica cuáles son las obligaciones del empleador

Ministerio Del Trabajo. Concepto Jurídico No. 05EE2020120300000054609 de 2020

El vínculo laboral al nacer del acuerdo entre las partes (empleador y trabajador), ya sea de forma verbal o escrita, genera las siguientes obligaciones por parte del empleador a la luz del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. Entre las mismas cabe destacar, el pago de la remuneración en las condiciones, términos y lugares pactados durante la vigencia del contrato, dado que ello garantiza derechos fundamentales como el mínimo vital de los trabajadores y el de sus familias, el artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el período del pago del salario no debe ser mayor de una semana para trabajadores diarios y que para trabajadores mensuales debe ser de una vez al mes. Así mismo establece que, los salarios deben pagarse en moneda corriente en el lugar de trabajo durante la jornada laboral o inmediatamente después del trabajo. Los salarios deben pagarse directamente al trabajador o a una persona autorizada (por escrito) por el trabajador.

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