Planilla de aportes al sistema de seguridad social integral podrá presentarse en forma física o por medios electrónicos: Consejo de Estado

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez (E). 6 de julio de 2020. Rad. 24988

En relación con la liquidación de aportes parafiscales, la Sala recordó que el artículo 3 del Decreto 3667 de 2004 autoriza que la presentación de la planilla puede efectuarse en forma física o por medios electrónicos y, que en este último caso, debe ajustarse a lo dispuesto por la Ley 527 de 1999.

De modo que, si la liquidación se realiza por medios electrónicos se entiende presentada desde el lugar en donde el iniciador tenga establecimiento (artículo 25 de la Ley 527 de 1999), que corresponde al lugar donde se cumplió la obligación de declarar. Como la declaración de aportes al Sistema de la Protección Social se efectúo mediante planilla electrónica.

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