ANH emite nuevo reglamento para la contratación de bloques de petróleo y gas

MANCERO, Gabriela, “ANH emite nuevo reglamento para la contratación de bloques de petróleo y gas”, Oficina de Derecho Internacional (OIT), Energía y Recursos Naturales-Colombia, Londres, Globe Business Publishing Ltd 2 de julio de 2012.

El 4 de mayo de 2012, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) emitió el Acuerdo 4, que establece tanto los criterios para la concesión de las áreas de petróleo y gas en Colombia y el nuevo reglamento sobre negociación de contratos, ejecución y rendimiento (includingprovisions en la vigilancia y seguimiento de los contratos). (1)

Capítulo Uno (normas y principios generales) de la nueva regulación presenta los 13 principios (2) que debe guiar todas las actividades relacionadas con contratos de petróleo y gas siguientes:

Igualdad de trato – aparte del artículo 13 de la Constitución, que incluye el principio de igualdad de trato, la regulación establece que no habrá discriminación entre los proponentes o contratistas.

Moralidad – siempre actuar de conformidad con las leyes aplicables, evitar conflictos de interés y el objetivo para el cumplimiento eficiente y oportuna con la regulación de la ANH.

Economía – utilizar los fondos públicos con moderación y gestionar de manera eficiente.

Celeridad – manejar todos los procedimientos a su debido tiempo, evitando demoras injustificadas y procedimientos innecesarios.

Transparencia – los procedimientos de contratación que se lleven a cabo bajo los términos de la regulación.

Responsabilidad – de conformidad con el artículo 119 de la Ley 1474/2011 (estatuto anticorrupción), donde los fondos públicos se ven afectados negativamente, tanto la agencia estatal correspondiente y el contratista será solidariamente responsable.

El debido proceso – este principio está incluido en el artículo 29 de la Constitución, pero el reglamento hace hincapié en que siempre debe estar presente en todos los procedimientos, en particular en las que imponen sanciones o multas.

Objetivo selección – donde hay un proceso de licitación que implica varios proponentes, los mecanismos de calificación y evaluación serán objetiva y sin consideraciones especiales para cualquiera de las partes o de interés.

Imparcialidad – la ANH debe actuar siempre con imparcialidad y sin ningún tipo de consideraciones subjetivas.

Publicidad – a excepción de la información confidencial, todos los actos emitidos y archivos manejados por la ANH será pública y en consulta.

Contradicción – todos los proponentes, contratistas y partes que acrediten un interés legítimo puede contradecir los actos de la ANH en el tiempo y dentro de los mecanismos legales establecidos para tal fin.

Legalidad y calidad – mejores prácticas de la industria deben aplicarse a todas las actividades, asegurándose de que todos los bienes y servicios se adhieren a estas prácticas. Este principio hace hincapié en la prevención, detección, investigación y sanción de cualquier conducta delictiva, incluidos los relacionados con la financiación del terrorismo y el lavado de dinero.

La última disposición del Capítulo Uno, el artículo 4, incluye la lista de definiciones que se utilizarán a lo largo de la regulación. Estas definiciones se examinarán en las actualizaciones posteriores.

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