Prórroga de suspensión de términos en el SENA entre el 1 al 30 de septiembre de 2020

Resolución 1013 de 02 de septiembre de 2020
  1. Se prorroga la suspensión de términos de las actuaciones disciplinarias de segunda instancia del SENA durante los días primero (1) de septiembre hasta el treinta (30) de septiembre de 2020.
  2. En materia de contratación, no se suspenderán términos de las actuaciones con relación a procesos contractuales en curso por iniciar, para lo cual, se hará uso de todas las herramientas electrónicas que dispone el SENA y la Agencia de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente garantizando el cumplimiento del procedimiento normativo establecido para tal fin.
  3. Se prorroga la suspensión de términos de los procesos de cobro coactivo en todas las regionales del SENA entre el 1 y el 30 de septiembre de 2020.
  4. Se prorroga la suspensión de términos relacionados con los recursos contra los actos administrativos que determinan valores de incumplimiento de la cuota de aprendizaje, así como los relacionados con los actos que determinan valores a favor del Fondo de la Industria de Construcción FIC y los relacionados con los aportes parafiscales con destino al SENA, entre el 1 y el 30 de septiembre de 2020.
  5. Se prorroga la suspensión de los términos en los procesos que se adelantan en virtud de la Ley 1010 de 2006 respecto de los procesos en trámite por parte del comité de convivencia laboral, desde el 1 y el 30 de septiembre de 2020.

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