Superintendencia de Sociedades se refiere a algunos aspectos relacionados con el pago de acreencias en el exterior dentro de un proceso de reorganización

Superintendencia De Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-005835 de enero 29 de 2021

Los acreedores extranjeros gozarán de los mismos derechos que los acreedores nacionales respecto de la apertura de un proceso de insolvencia en la República de Colombia y de la participación en éste, con arreglo a las normas colombianas relativas a la insolvencia, sin que ello afecte el orden de prelación de los créditos en el proceso. El pago de las acreencias depende de lo que sea pactado en el acuerdo de reorganización, el cual tiene como base, el proyecto de calificación y graduación créditos y determinación de derechos de voto, al que se hizo referencia previamente en este escrito.

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