Supersociedades explica algunos aspectos relacionados con el proceso de reorganización abreviado

Superintendencia De Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-199756 de Octubre 13 de 2020

Las empresas afectadas por las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia de que trata el Decreto 637 de 2020, podrán acceder a los mecanismos adicionales a saber:

  1. De salvamento y recuperación; y
  2. Liquidación judicial simplificada,

Cuyas herramientas buscan atender de manera eficaz la proliferación de procesos, procedimientos y trámites de insolvencia, dentro de los dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 772 de 2020.

De otra parte, las solicitudes de acceso a tales mecanismos, se tramitarán de manera expedita por las autoridades competentes, sin que el juez del concurso realice auditoria sobre el contenido o exactitud los documentos aportados ni sobre la información financiera o el cumplimiento de las políticas contables, lo cual será responsabilidad exclusiva del deudor, su contador o revisor fiscal, según corresponda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2o ibídem.

Lo anterior, sin perjuicio requerir que se certifique que se lleva la contabilidad regular y verificar la completitud de la documentación.

No obstante, con el auto de admisión podrá ordenar la ampliación, o actualización que fuere pertinente de la información o documentos radicados con la solicitud, a fin de que se puedan adelantar eficaz y ágilmente las etapas del proceso, so pena de las sanciones a que haya lugar.

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