DIAN se refiere a las condiciones para transferir la información relacionada con el ICA a los municipios y distritos en el marco del Simple
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Resolución Número 026 de marzo 24 de 2021
La información a la que se refiere la resolución corresponde a la enunciada en los numerales 1 y 4 del artículo 2.1.1.19. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, la cual podrá ser descargada o visualizada por los municipios y distritos, ya sea respecto de todos los contribuyentes que liquiden el impuesto de industria y comercio consolidado en sus jurisdicciones, o individualmente por cada una de las personas objeto de fiscalización y/o control a nivel nacional, siempre y cuando se hayan acogido al impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación.

La Direction Nationale des Douanes (DIAN) autorise les paiements mensuels volontaires anticipés de l’impôt sur le revenu des hydrocarbures et des produits miniers
