Banco de la República incluye cambios a las operaciones de derivados del 30 de octubre de 2020

Banco de la República. Circular Reglamentaria Externa DOAM-144 de octubre 30 de 2020

La Circular reemplaza en su totalidad, a partir del 1 de febrero de 2021, la Circular Reglamentaria Externa DODM-144 del 14 de septiembre de 2018, correspondiente al Asunto 6: “Operaciones de Derivados” del Manual del Departamento de Operaciones y Análisis de Mercados. Las modificaciones se realizan para:

  1. Excluir del reporte de información al Banco de la República algunas de las operaciones de derivados que realicen los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) y demás entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) en el mercado mostrador. En particular, se excluyen aquellas negociadas con agentes del exterior autorizados, o que tengan como subyacente divisas o tasas de interés externas, y que se encuentren registradas en los sistemas de negociación y registro de divisas.
  2. Modificar el formato de reporte de las operaciones para los IMC y demás entidades vigiladas por la SFC e incluir un nuevo formato para el reporte de los demás residentes.

Actualizar el nombre del Departamento de Operaciones y Análisis de Mercados (DOAM).

Publications

Livres

Publications Externers