Colombia es líder en la lucha contra el soborno transnacional

Por Gabriela Mancero y Felipe Gómez

Con el objetivo de combatir la corrupción transnacional, el Gobierno Nacional sancionó recientemente la  Ley 1778 del 02 de febrero de 2016, que establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional y complementa el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal.

Esta nueva normativa es un hito que ubica a Colombia en una situación de liderazgo frente a varios de sus pares latinoamericanos e inserta al país en el grupo de naciones con mejores prácticas contra ese flagelo. La entrada en vigencia de esta ley representa un paso fundamental hacia el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

El mencionado régimen sancionatorio estará a cargo de la Superintendencia de Sociedades para todas las personas jurídicas, así como las personas naturales que actúen en beneficio de las mismas, a excepción de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.

Así, para las personas jurídicas, la Superintendencia de Sociedades les podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público.

Por otra parte, las personas naturales que incurran en soborno transnacional tendrán prisión de entre nueve y 15 años y multa de entre 650 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Finalmente la nueva ley también establece los beneficios que pueden ser concedidos a quienes colaboren eficazmente en la sanción del soborno transnacional y señala los medios de asistencia jurídica a los cuales pueden acudir las superintendencias.

Conozca el contenido de Ley 1778 del 02 de febrero de 2016.

 

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