Empresas manufactureras de papel multadas en Colombia

Por Gabriela Mancero y Peña Mancero Abogados

Artículo publicado en el Newsletter of the International Bar Association Legal Practice Division –  Volume 29 N° 2 september 2016.

Después de varios años de investigación, el organismo  encargado de regular la competencia en Colombia. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)– ha decidido sancionar a los miembros de un cartel conformado por una serie de empresas manufactureras de papel, incluyendo Kimberly-Clarke (US$22.3m), Productos Familia SA (US$20m), Papeles Nacionales SA (US$22.3m) and Cartones Papeles de Risaralda SA (US$1.3m) y un número de personas de alto perfil por participar en un acuerdo para fijar los precios de papel durante un período de 13 años.

También implicó prácticas de intercambio de información acerca de los precios a futuro y acuerdos  mutuos sobre las políticas de marketing. Algunas de estas empresas se dieron a conocer en virtud del programa de indulgencia, confesando su participación en la competencia desleal.

A pesar de que el texto completo de la decisión SIC no había sido publicado al momento de escribir este artículo, la entidad ya había publicado un resumen de su decisión. La SIC encontró que las cuatro manufactureras de papel mencionadas anteriormente colaboraron en un esquema entre los años 2000 y 2013 para fijar artificialmente los precios de papel higiénico, servilletas, toallas de papel y pañuelos para las manos y cara. Además de sancionar a las empresas, la agencia de competencia también impuso multas a 21 altos directivos y exfuncionarios de las cuatro empresas fabricantes por su rol en el esquema, con penas que van desde US $ 892 a más de US $ 113.000.

Las prácticas de competencia desleal fueron detectadas a través de diferentes mecanismos, incluyendo correos electrónicos que se encontraron en las bandejas de entrada de algunos presidentes de estas empresas donde reconocían que los precios habían sido acordados con sus competidores y controlados de forma conjunta. De hecho, las empresas utilizaban apodos  para identificarse sin levantar sospechas. Kimberly-Clarke fue llamado Kiosko; Familia fue llamado Feos; Papeles fue nombrado Pitufos y Cartones fue llamado Rosas.

Una característica importante de este caso es que la agencia de competencia  decidió no  aplicar ningún beneficio a la empresa Familia a pesar de su participación en el programa de indulgencia. Las políticas de clemencia en Colombia a empresas que participan en un cartel – que se auto reporten y entreguen  pruebas – ofrece en ambos casos la exención total de multas o una reducción de sanciones las cuales la SIC de otro modo les habría impuesto.

En este caso, el Superintendente determinó que  Familia, que fue la segunda compañía en solicitar el programa de indulgencia, incumplió sus obligaciones dentro del programa ocultado información, mintiendo sobre aspectos relevantes de la investigación y no presentando la evidencia que estaba en su posesión. Por lo tanto, la agencia excluye a la compañía de todos los beneficios aplicables, incluyendo un 50 por ciento de reducción de las multas.

No obstante, al establecer las multas aplicables,la SIC consideró que la confesión de la competencia desleal y las disculpas públicas ofrecidas al país por Familia, les otorgaba una reducción de la multa finalmente impuesta.

La decisión de la SIC sigue siendo objeto der recursos jurídicos para que pueda hacerse efectiva. Conforme al código de procedimiento colombiano de lo Contencioso-Administrativo, las empresas multadas tienen diez días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la resolución para presentar un recurso reconsideración ante la SIC. Si la agencia confirma su decisión, el procedimiento administrado se agotará y las partes podrán iniciar un litigio contencioso administrativo para que el Consejo de Estado tome en última instancia la decisión.

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