Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina señala que los términos técnicos, descriptivos por sí mismos no resultan registrables como marcas

Comunidad Andina. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Proceso 52-IP-2019 de diciembre 11 de 2020

No es registrable un signo conformado exclusivamente por designaciones o indicaciones descriptivas. Sin embargo, los signos compuestos formados por uno o más vocablos descriptivos tienen la posibilidad de ser registrados siempre que formen un conjunto suficientemente distintivo. El titular de un signo con dichas características no puede impedir la utilización del elemento descriptivo y, por tanto, su marca sería considerada débil. Como se ha señalado, los términos técnicos, descriptivos por sí mismos no resultan registrables como marcas debido a que carecen de fuerza distintiva. El que un término sea técnico, descriptivo para un producto o servicio de una clase también podría serio para el producto o servicio de otra clase si es que entre ellos hay conexión competitiva.

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