Trata sobre medidas transitorias para proyectos de inversión financiables con recursos del Sistema General de Regalías durante el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Busca una gestión urgente de proyectos sin eliminar el carácter público, abierto y competitivo de las convocatorias, e incluye líneas estratégicas relacionadas con ciencia, tecnología e innovación, reconstrucción sostenible, infraestructura, servicios esenciales, recuperación ambiental y productiva.

Establece reglas especiales sobre el ciclo de proyectos del SGR y permite que entidades territoriales afectadas destinen, hasta el 31 de diciembre de 2026, al menos el 30 % de determinados saldos disponibles de Asignaciones Directas, Inversión Regional e Inversión Local a proyectos vinculados con la emergencia.

Amplía temporalmente el uso del anticipo del 5 % de Asignaciones Directas de municipios productores; suspende la instancia ordinaria de priorización prevista en el artículo 35 de la Ley 2056 de 2020 y traslada esa función al respectivo OCAD Regional para los proyectos cubiertos.

También autoriza ajustar el Plan Bienal de Convocatorias 2025-2026 para incorporar convocatorias de ciencia, tecnología e innovación dirigidas a la emergencia.