Antes: Las empresas afectadas debían navegar el régimen ordinario de insolvencia, crédito y obligaciones comerciales sin consideración alguna por la situación de emergencia. No existía un mecanismo extraordinario para aliviar cargas financieras, reprogramar obligaciones o acceder a financiación de emergencia de forma ágil.
Ahora: El decreto crea o habilita, de forma temporal, mecanismos especiales que pueden incluir: alivio en el servicio de deudas con entidades financieras y del sector real; acceso prioritario a líneas de crédito de redescuento a través de Bancóldex y entidades de fomento; flexibilización de requisitos para acceso a instrumentos de apoyo empresarial; habilitación de mecanismos simplificados para reestructuración o acuerdos entre deudores y acreedores; y apoyo a la continuidad operativa de unidades productivas en territorios afectados.