Consejo de Estado declara Improcedente tutela contra Laudo Arbitral que condenó a Reficar por más de $ 30.000 millones
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. Consejero Ponente: Hernando Sánchez Sánchez. 24 de septiembre de 2020. Núm. único de radicación: 11001-03-15-000-2020-01439-01
La Refinería de Cartagena (REFICAR) interpuso una acción de tutela contra el laudo arbitral mediante el cual REFICAR fue condenada a pagar $31.992 millones al consorcio ICG-ICSAS por incumplimiento del contrato de consultoría, interventoría que celebraron las partes para la ampliación de la refinería.
El Tribunal Arbitral consideró que REFICAR pagó extemporáneamente varias facturas al consorcio, que le giró el anticipo de manera tardía, sin que se dieran las circunstancias que la autorizaran a ello, que no podía fijar por interpretación unilateral los descuentos por la ausencia justificada del personal del Consorcio y que le retuvo indebidamente el 10% del valor de unos bonos, cuando las partes habían pactado que REFICAR le devolvería estos valores a ICG-ICSAS dentro de los cinco días posteriores a la presentación de las facturas, como en efecto lo hizo el consorcio.
REFICAR interpuso una tutela contra el laudo arbitral por considerar que le violaron sus derechos al debido proceso y a la igualdad. No obstante, la acción de tutela fue declarada improcedente por el Consejo de Estado, por considerar que no cumplía con el requisito de relevancia constitucional y que la acción de tutela estaba siendo utilizada como un mecanismo de tercera instancia.