Corte Constitucional declara exequible el Decreto 517 de 2020, por medio del cual se adoptaron medidas en materia de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible durante el estado de emergencia

Sentencia C-187 de 18 de junio de 2020. Corte Constitucional. Magistrada Sustanciadora: Cristina Pardo Schlesinger

La Corte señaló que el Estado no solo debe adelantar medidas que favorezcan a unos pocos sino que debe procurar, en la medida de sus recursos y posibilidades, generar las medidas necesarias para mitigar los efectos en todos los posibles afectados por la pandemia del COVID19.

Sin embargo, respecto del Decreto 517 de 2020, la Corte determinó que la intención de priorizar el uso de los recursos disponibles en la atención de los hogares con menos recursos es razonable y totalmente justificada.

Lo anterior, por cuanto las medidas están dirigidas a beneficiar a quienes no cuentan con los recursos para poder absorber la pérdida de ingresos generada por la emergencia, y en ese sentido considera que la disminución de los recursos de los hogares con menor capacidad económica puede repercutir no solo en que ellos dejen de disfrutar servicios públicos que resultan esenciales para su subsistencia y para el ejercicio de derechos ligados a la dignidad humana, sino que incluso puede afectar a las empresas que se encargan de la prestación del servicio y poner en riesgo la continuidad del mismo.

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