Presidencia de la República expide instrucciones para la observancia de principios rectores de la contratación estatal

Presidencia De La República. Directiva Presidencial Número 01 de marzo 3 de 2021

La contratación estatal debe contribuir a repotenciar y reactivar la economía, ofrecer mercados competitivos y justos y cerrar brechas; en consecuencia, cuando las autoridades adelanten procesos en la modalidad de contratación directa mediante contratos de fiducia mercantil (patrimonios autónomos), contratos o convenios interadministrativos, están en la obligación de acatar estrictamente los siguientes deberes que a continuación se enlistan a título enunciativo: 1. Justificar amplia y suficientemente la escogencia de la modalidad de selección; 2. Garantizar el estricto cumplimiento del principio de planeación con la elaboración previa de los estudios y análisis técnicos, completos y comprensivos. Adicionalmente, verificar que el objeto y las obligaciones contractuales sí se ajusten a las actividades, productos e indicadores establecidos en los proyectos de inversión; 3. Garantizar siempre y en todo caso la escogencia objetiva del contratista idóneo que ofrezca la oferta más favorable para los intereses de la Entidad Estatal; 4. Adelantar acciones concretas y determinantes que permitan prevenir la corrupción y garantizar la transparencia en la selección y en la ejecución contractual y presupuestal.

Insights

Libros

Publicaciones externas