Se prórroga la aplicación de subsidios para el servicio público domiciliario de gas

Ministerio De Minas Y Energía. Resolución Número 40302. Octubre 15 de 2020 (Diario Oficial 51.468, 15 de Octubre de 2020)

Los comercializadores de gas para uso domiciliario distribuido por red de tuberías deberán otorgar un incremento de 10 puntos porcentuales al porcentaje de subsidio que actualmente reciben los usuarios de los estratos 1 y 2, sobre el consumo básico o de subsistencia del Costo Unitario Equivalente de Prestación del Servicio (CuEq), definido en la Resolución CREG 186 de 2010.

La aplicación de este subsidio adicional se efectuará durante la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID – 19 y máximo para el ciclo de facturación en curso y el siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución, de forma tal que todos los usuarios perciban el beneficio para el consumo de dos periodos de facturación.

La aplicación podrá ser prorrogable si así lo determina el Ministerio de Minas y Energía mediante acto administrativo separado, siempre y cuando se mantenga la vigencia de la mencionada Emergencia Sanitaria.

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