Superindustria impone millonarias sanciones por violar el régimen de libre competencia en la adjudicación y ejecución del contrato “Ruta del Sol tramo 2”

Superintendencia De Industria Y Comercio. Resolución Número 82510 de diciembre 28 de 2020

La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Única de Competencia, sancionó a: CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A.; ODEBRECHT PARTICIPAÇÕES E INVESTIMENTOS S.A. (conjuntamente ODEBRECHT); CORPORACIÓN FINANCIERA COLOMBIANA S.A. (CORFICOLOMBIANA); ESTUDIOS Y PROYECTOS DEL SOL S.A.S. (EPISOL); CONCESIONARIA RUTA DEL SOL S.A.S. EN LIQUIDACIÓN (CONCESIONARIA) y GABRIEL IGNACIO GARCÍA MORALES, por idear y ejecutar un sistema restrictivo de la libre competencia durante la adjudicación y ejecución del contrato “RUTA DEL SOL TRAMO 2” que, en una primera fase, incluyó un acuerdo anticompetitivo que les permitió garantizar la adjudicación del Contrato de Concesión No. 001 de 2010 en favor de la CONCESIONARIA y, en una segunda fase, consistió en una dinámica de reembolsos y pagos irregulares, que se materializó través de la instrumentalización de diferentes contratos, lo que les permitió dividir los costos derivados del pago del acuerdo anticompetitivo y, en forma concomitante, desplegar una estrategia de compensación a través de una adición contractual, con la finalidad de extraer indebidamente la mayor utilidad posible del “PROYECTO RUTA DEL SOL”.

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