Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 817 de 2020, el cual estipuló las normas especiales por dos años para las emisiones de valores del Segundo Mercado
Sentencia C-331 de 20 de agosto de 2020.
La Corte estableció que el decreto legislativo está motivado de forma directa, específica y suficiente en la necesidad de conjurar la agravación de los efectos de la crisis, promoviendo un mecanismo de financiación de las empresas constituidas en SAS que contribuya al sostenimiento de los puestos de trabajo. Además, las medidas se encuentran estrechamente relacionadas con las consideraciones del decreto que las integra. Por otra parte, la Sala Plena determinó que la medida adoptada no suspende o vulnera el núcleo esencial de los derechos y libertades fundamentales, no interrumpe el normal funcionamiento de las ramas del poder público y de los órganos del Estado y no suprime o modifica los organismos y las funciones básicas de acusación y juzgamiento. Además, contiene una regulación equilibrada que no sacrifica ningún interés constitucional y, por el contrario, brinda a las SAS una nueva posibilidad de financiación previendo con ello el inicio de procesos de insolvencia y manteniendo los puestos de trabajo.