Publicado el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Covid-19 en las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales
Resolución 1421 de agosto 21 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social
El protocolo de bioseguridad publicado en el Anexo Técnico de la Resolución es complementario a las medidas adoptadas en la Resolución 666 de 24 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social y aplican para las actividades de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales.
Dentro de las medidas adoptadas en este protocolo, se establece que se debe hacer una preapertura de los parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales lo que implica que toda área, sendero, recorrido, juego o equipo deberá ser analizado en una matriz de riesgo y categorizado en riesgo bajo, medio o alto, de acuerdo con la frecuencia de uso, las condiciones de operación, la cantidad y el tipo de contacto y el número de superficies o elementos que entran en contacto con el usuario y por último la practicidad de la desinfección.