Comisión Nacional de Crédito Agropecuario modifica y compila la reglamentación del destino del crédito agropecuario y rural
Comisión Nacional de Crédito Agropecuario. Resolución Número 4 de 2021 de enero 21 de 2021 (Diario Oficial 51.576, 02 de Febrero de 2021)
Entiéndase por crédito de fomento agropecuario y rural el que se otorga a favor de personas naturales o jurídicas, para ser utilizado en las distintas fases del proceso de producción y/o comercialización de bienes originados directamente o en forma conexa o complementaria, en la explotación de actividades agropecuarias, piscícolas, apícolas, avícolas, forestales, acuicultura, de zoocría y pesqueras, afines o similares, así como en el desarrollo de las actividades rurales mencionadas en el artículo 3° de la Ley 731 de 2002. El crédito agropecuario y rural se otorgará para la financiación de capital de trabajo, la inversión nueva o los ensanches requeridos en las actividades indicadas.