Corte Constitucional declara exequibles las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado en el marco del Estado de Emergencia
Corte Constitucional. Sentencia C-331 de 20 de agosto de 2020. Magistrado ponente: José Fernando Reyes Cuartas
En la Revisión de Constitucionalidad del Decreto Legislativo 817 de 2020, la Corte consideró que el decreto cumple con todos los juicios formales y materiales de constitucionalidad y, en este sentido, declaró exequible el Decreto Legislativo 817 de 2020 “[p]or el cual se establecen las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”.
Corte Constitucional declara exequibles las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado en el marco del Estado de Emergencia
El Contrato por Medios Electrónicos


