Migrantes venezolanos podrán acceder al Programa Semillero de Propietarios para la adquisición de vivienda
Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio. Decreto Número 057 de enero 19 de 2021
Los contratos de arrendamiento o de arrendamiento con opción de compra que suscriban los hogares que resulten beneficiarios del programa, deberán ser objeto de una garantía que cubra el posible incumplimiento de los mismos, incluyendo lo relacionado con la restitución final del inmueble. FONVIVIENDA, ya sea directamente o a través del patrimonio autónomo que se constituya para la administración de los recursos del programa podrá pagar el costo de adquisición de la garantía cuando el canon pactado sea igualo inferior a 0.4 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En vigencia de la Ley 1150 de 2007, no todas las causas externas de suspensión o prórroga del contrato deben ser asumidas por la entidad contratante
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