Modificación al Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas

Boletín Normativo N° 28 del 9 de junio de 2021. Autorregulador del Mercado de Valores

La modificación de los artículos 2, 17, 19, 35, 40, 43, 56 y 73, y la adición de los artículos 15.1, 15.2, 16.1, 32.1, 32.2, 32.3, 36.1, 37.1, 41.1, 41.2, 58.1 y 58.2 tienen como propósito robustecer el esquema de autorregulación voluntaria en divisas y elevar los estándares éticos y profesionales del mercado cambiario, a través de la adopción de conductas y procedimientos de mayor relevancia. Adicionalmente, con los cambios adoptados se fortalecen la interpretación homogénea del Reglamento y las normas de gobierno corporativo del Comité de Divisas de AMV. Con el fin de incorporar los ajustes regulatorios citados, AMV preparó un proyecto regulatorio para consideración de la industria. La propuesta fue publicada para comentarios del público desde el 17 de diciembre de 2020 hasta el 14 de enero de 2021.

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