Corte Constitucional condiciona la medida cautelar en el proceso ordinario laboral

Corte Constitucional. Boletín No. 022 de 26 de febrero de 2021

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, condicionó la medida cautelar en el proceso ordinario, contemplada en el (artículo 37A) de la Ley 712 de 2001, la cual reformó el Código Procesal del Trabajo (CPT). Esta disposición fija que, en el juicio ordinario laboral, cuando el demandado efectúe actos que el juez estime tendientes a insolventarse o a impedir la efectividad de la sentencia, o cuando se considere que el demandado se encuentra en graves dificultades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, podrá imponerle una caución, que oscilará entre el 30 y el 50 % del valor de las pretensiones. Los demandantes sostuvieron que el régimen de las medidas cautelares previsto en la norma demandada vulneraba el principio de igualdad (artículo 13 superior), porque era menos garantista para la parte demandante en comparación con las ventajas que el Código General del Proceso (CGP) otorga en su régimen de medidas cautelares para la misma parte.

Insights

Libros

Publicaciones externas