Corte Constitucional explica cuáles son los deberes de los afiliados al Sistema de Seguridad Social
Corte Constitucional. Sentencia T-413 de 21 de septiembre de 2020. Magistrado sustanciador: José Fernando Reyes Cuartas
Puede verse de las reglas delineadas en este capítulo que los afiliados al Sistema de Seguridad Social en salud tienen ciertos deberes que i) son derivados directamente de mandatos constitucionales; ii) incumplir estos deberes acarrea consecuencias, ya sean las que el legislador pueda eventualmente fijar o generando la improcedencia de la acción de tutela; iii) el autocuidado es un deber que tiene origen constitucional e implica diversos comportamientos y circunstancias encaminadas a prevenir y manejar las enfermedades propias, de la familia y de la comunidad y; iv) los padres tienen especiales deberes frente a los niños frente a su atención dentro del sistema, como la obligación de afiliarlos y atender oportunamente las recomendaciones médicas.