Impacto de actos de segregación racial en relaciones laborales

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 69106 (SL2850-2020). 27 de julio de 2020. Magistrado ponente: Carlos Arturo Guarín Jurado
La Sala no recoge lo que ha orientado en su jurisprudencia, en el sentido de que en las relaciones de trabajo debe existir buen trato, decoro, seriedad y respeto; ni desconoce que los trabajadores deben formular sus reclamaciones en pro de sus derechos de forma pacífica; ni que las conductas injuriosas, de maltratamiento o violencia, constituyen justas causas para terminar el contrato de trabajo, al tenor del numeral 2° del artículo 7° del Decreto 2351 de 1965; ni resta trascendencia jurídica al deber del laborante de obedecer a su empleador, conforme al artículo 56 del CST, sino que, en precisos casos como el presente, en el cual la agresión entre compañeros de trabajo, involucró descalificaciones por la raza del ofendido, es menester que, primero, el empleador valore en cada evento concreto, no solo el elemento subjetivo de la conducta del trabajador que responde a esa agresión, sino también, conforme la regla de justicia desarrollada por la última sentencia referida, la componente discriminatoria por razones de raza del comportamiento del ofensor y, segundo, que el juez del trabajo, también efectúe el estudio del conflicto, en perspectiva de la regla que prohíbe los actos discriminatorios por razones del color de la piel.

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