DIAN explica cómo se realiza el trámite de la declaración de modificación de la declaración de importación temporal

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Aduanero No. 069 (Radicado No. 900511 de enero 26 de 2021)

Los trámites aduaneros iniciados con ocasión de la aplicación de la modalidad de importación temporal en vigencia del Decreto 2685 de 2019, deberán adelantarse hasta su culminación, de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de su inicio. La presentación y trámite de la declaración de modificación de la declaración de importación temporal, se adelantará de conformidad con las disposiciones vigentes al momento en que se presentó y acepto la declaración que se está modificando. Las obligaciones, infracciones y sanciones aplicables por el incumplimiento de las obligaciones propias de la modalidad de importación temporal, serán las establecidas en la norma vigente al momento de su inicio, sin perjuicio de la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria.

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