DIAN revoca la doctrina referente a la obtención de la certificación de la ANLA para la exclusión de IVA en operaciones de importación

DIAN. Concepto Tributario No. 100202208- 0563 de octubre 20 de 2020 (Diario Oficial 51.497, 13 de Noviembre de 2020)

La DIAN señaló que respecto a la procedencia de la exclusión de IVA dispuesta en el numeral 7 del artículo 424 de Estatuto Tributario en operaciones de importación, la misma debe someterse a las normas especiales en materia aduanera y cumplir con los requisitos establecidos en materia tributaria para su procedencia.

La certificación que soporta la procedencia de la exclusión de IVA de que trata el numeral 7 del artículo 424 del Estatuto Tributario, debe ser obtenida antes de la presentación de la declaración de importación para que pueda aplicarse la exclusión del impuesto al momento de liquidar los tributos aduaneros.

Lo anterior sin perjuicio a acceder al beneficio de la exclusión cuando la certificación haya sido solicitada con anterioridad a la presentación y aceptación de la declaración de importación y la misma se acredite con posterioridad a la obtención del levante de dicha declaración, caso en el cual podrá adelantar el trámite de devolución correspondiente.

En los anteriores términos se responde su consulta, revocando el oficio 001635 de enero 28 de 2020.

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