Directrices para las maniobras de ingreso, atraque y zarpe de naves con arqueo bruto superior a 2000, por el canal de acceso al puerto de Tumaco

Dirección General Marítima. Resolución Número 0633-2020 de 02 de octubre de 2020. MD-DIMAR-SUBMERC-AREM

La DIMAR, por medio de la resolución 0633-2020 estableció las directrices y condiciones técnicas para las maniobras de ingreso, atraque y zarpe de naves sin remolcador de asistencia por el canal de acceso al puerto de Tumaco.

Para el ingreso, atraque y zarpe de las naves a las que aplica lo dispuesto en la resolución, se deberá seguir las siguientes condiciones de seguridad así:

  1. Las maniobras deben realizarse bajo condiciones meteorológicas favorables.
  2. Las maniobras serán realizadas por un Piloto Práctico, con Licencia vigente para la jurisdicción de Tumaco y que pertenezca a una empresa de practicaje con licencia de explotación comercial vigente.
  3. La maniobra debe contar con una embarcación de asistencia que pase los cabos de la nave a tierra.

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