Se modifican disposiciones sobre dotación de infraestructura de agua para consumo humano y doméstico o de saneamiento básico en zonas rurales
Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio. Decreto No. 1688 de diciembre 17 de 2020
Para la construcción de viviendas u otra infraestructura o equipamientos en zonas rurales en las que no se cuente con disponibilidad de servicios de acueducto o alcantarillado, se podrán emplear soluciones alternativas de agua para consumo humano y doméstico o de saneamiento básico que cumplan con los requisitos técnicos establecidos para estas soluciones en el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. Esta certificación será emitida por el municipio o distrito en el que se ubique la construcción.
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