Consejo de Estado declara legales exigencias previstas en el Decreto 1879 de 29 de mayo 2008 para operar establecimientos comerciales

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Primera. Núm. único de radicación: 11001032400020110005300. 21 de enero de 2021. Consejero Ponente: Hernando Sánchez Sánchez

El Consejo de Estado consideró que las reglas fijadas por el Gobierno Nacional en el 2008 para la apertura de establecimientos de comercio no violaron los parámetros del ordenamiento que le eran exigibles. La alta corte negó las pretensiones de una demanda encaminadas a que se decretara la nulidad de la parte de ese decreto que reglamenta las mencionadas exigencias. Según el demandante, las reglas allí establecidas suprimieron los requisitos que el legislador ya había establecido para los operadores de este tipo de establecimientos y adicionaron uno no contemplado en la ley, el de exigir inscripción en el Registro Nacional de Turismo a las empresas que ofrecen dicho servicio. También cuestionó el hecho de que este mandato facultara al funcionario de la autoridad competente en la materia para sancionar al comerciante que no exhibiera los documentos que acreditaran el cumplimiento de requisitos, en el curso de una visita de control al respectivo establecimiento.

Insights

Libros

Publicaciones externas