Corte Suprema de Justicia explica la naturaleza jurídica y finalidad del contrato de corretaje
Corte Suprema. Sala de Casación Civil. Radicación No. 11001-31-03-019-2016-00293-01 (SC008-2021). 25 de enero de 2021. Magistrado Ponente: Octavio Augusto Tejeiro Duque
El corretaje, regulado en los artículos 1340 a 1353 del Código de Comercio, es un contrato en virtud del cual una parte llamada corredora, experta y conocedora del mercado, contrae, para con otra denominada cliente, encargante o proponente, a cambio de una comisión, la obligación de gestionar, promover, inducir y propiciar la celebración de un negocio poniéndola en conexión con otra u otras, sin tener vínculos de colaboración, dependencia, mandato o representación con alguna de ellas. Se trata, por ende, de un contrato mercantil típico, nominado, consensual, bilateral, principal, autónomo e independiente, oneroso, conmutativo y de libre discusión.
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