Promueven medidas para el control de la producción, introducción, movilización y comercialización de alcohol potable y no potable

Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Decreto Número 1691 de diciembre 18 de 2020

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo  reglamentó el procedimiento para el registro único de los productores, importadores, comercializadores o distribuidores y transformadores de alcohol potable y no potable ante los departamentos, a través del sistema SIANCO, las exigencias y régimen aplicable en cuanto al reporte de la información sobre la producción, importación, introducción y transacciones, así como para contribuir con el efectivo control a la evasión fiscal, salvaguardar la salud de la población y establecer los parámetros para la desnaturalización del alcohol potable no destinado al consumo humano.

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