Superintendencia del Subsidio Familiar se refiere a la aplicación de la ley habeas data por parte de las Cajas de Compensación Familiar

Superintendencia del Subsidio Familiar. Concepto Jurídico No. 2-2020-408245 de noviembre 17 de 2021

Las Cajas de Compensación Familiar, con el objeto de cumplir con las funciones que le han sido asignadas dentro del sistema del subsidio familiar, mediante Ley 21 de 1982, deben en primera instancia recolectar, almacenar y hacer uso de los datos personales de sus afiliados, familiares y empleadores, así como de sus trabajadores. A partir de la información que ellas recaudan, podrán identificar los beneficios a los cuales tienen acceso los trabajadores beneficiarios y sus familiares, así como promover el continuo desarrollo de programas que los beneficien y focalizar sus programas y priorizar las necesidades de redistribución del ingreso entre sus beneficiarios. Los datos almacenados por las Cajas de Compensación Familiar son sensibles pues incluyen información atinente a la salud o sexualidad, datos de identificación de menores de edad, filiación, credo religioso, registros biométricos (fotografías, huellas dactilares, firmas), entre otros, los cuales pertenecen al núcleo esencial del derecho a la intimidad.

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