Se amplía un año más el plazo para implementar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)

Por Gabriela Mancero & Laura Castro, PM Abogados

Teniendo en cuenta los resultados arrojados en el primer informe presentado por las Administradoras de Riesgos Laborales, a las Direcciones Territoriales y a la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, donde se ha indicado un nivel “incipiente” de desarrollo en la implementación de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST) de empresas con menos de 10 empleados, el Ministerio del Trabajo ha decidido por medio del Decreto 171 del 1 de febrero de 2016, modificar dicho periodo de transición, y unificarlo para todo tipo de empresas (micro, pequeña, mediana y grande).

Recordemos que de acuerdo con el artículo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015, el régimen de transición para implementar SG-SST de acuerdo con el número de empleados de cada empresa, era el siguiente:

  1. Dieciocho (18) meses para empresas de menos (10) trabajadores. (31 de enero de 2016)
  2. Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200) trabajadores. (31 de julio de 2016)
  3. Treinta (30) meses para las empresas doscientos uno (201) o más trabajadores.(31 de enero de 2017)

Así las cosas, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 171 del 1 de febrero de 2016, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015, el 31 de enero de 2017 será el plazo máximo para culminar totalidad del proceso de implementación y desarrollo del SG-SST para todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas servicios temporales.

Pasos para implementar el SG-SST

  1. Evaluación inicial del SG-SST.
  2. Identificación de peligros, evaluación, valoración y gestión de los riesgos.
  3. Política y Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  4. Plan de Trabajo Anual del SG-SST y asignación de recursos.
  5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias.
  7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
  8. Criterios para adquisición de bienes o contratación de servicios con las disposiciones del SG-SST.
  9. Medición y evaluación de la gestión en SST.
  10. Acciones preventivas o correctivas.

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