Superintendencia de Sociedades señala que las medidas en materia de insolvencia adoptadas durante la emergencia sanitaria no aplican a empresas que estén tramitando procesos de reestructuración bajo la Ley 550 de 1999

Superintendencia de Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-200592 de Octubre 15 de 2020

La Superintendencia de Sociedades indicó que el Decreto Legislativo 560 de 2020, ni  su  Decreto  reglamentario  842  de 2020,  consagran  disposición  alguna  referente  a  que  tales  decretos  se  puedan aplicar a las sociedades que se encuentran en proceso de reestructuración de que trata la Ley 550 de 1999, máxime si se tiene cuenta que las normas que regulaban dicho proceso, fueron derogadas expresamente por el artículo 126 de la Ley 1116 de 2006.

En este sentido, la Superintendencia señaló que el  Decreto  Legislativo  560  de  2020  no  se  puede  aplicar  a  las empresas  que  se  encuentren  adelantando  un  proceso  de  reestructuración  en  los términos previstos en la Ley 550 de 1999.

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