Superintendencia de Sociedades señala que las medidas en materia de insolvencia adoptadas durante la emergencia sanitaria no aplican a empresas que estén tramitando procesos de reestructuración bajo la Ley 550 de 1999
Superintendencia de Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-200592 de Octubre 15 de 2020
La Superintendencia de Sociedades indicó que el Decreto Legislativo 560 de 2020, ni su Decreto reglamentario 842 de 2020, consagran disposición alguna referente a que tales decretos se puedan aplicar a las sociedades que se encuentran en proceso de reestructuración de que trata la Ley 550 de 1999, máxime si se tiene cuenta que las normas que regulaban dicho proceso, fueron derogadas expresamente por el artículo 126 de la Ley 1116 de 2006.
En este sentido, la Superintendencia señaló que el Decreto Legislativo 560 de 2020 no se puede aplicar a las empresas que se encuentren adelantando un proceso de reestructuración en los términos previstos en la Ley 550 de 1999.