Así opera la residencia para efectos tributarios

Concepto Tributario No. 365 / Radicado No. 901902 del 10 de marzo de 2021

Las implicaciones en materia tributaria dependerán si se trata de un residente fiscal o un no residente fiscal en Colombia, calidad que es independiente de la nacionalidad del sujeto. Para estos efectos, en el caso de las personas naturales, deberá observarse lo dispuesto en el artículo 10 del Estatuto Tributario. De igual manera, se deben atender las disposiciones previstas en los artículos 406 y siguientes del Estatuto Tributario. Lo anterior sin perjuicio de las implicaciones tributarias del caso particular, las cuales deberán ser evaluadas por la peticionaria.

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